Te presentamos las razones para constituirte como persona jurídica

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Al emprender un nuevo negocio, uno se pregunta si debe constituir una persona jurídica para desarrollar ese proyecto. Tal vez las dudas aumentan cuando se informa que para constituir una persona jurídica (sociedad anónima, EIRL, SRL, etc), debe de gastar en abogado, notario y derechos registrales.

¿Vale la pena constituir una persona jurídica para desarrollar una idea de negocios?

Sí, pues siempre es mejor inclinarse por la conveniencia de constituir una persona jurídica cuando se desarrolla un negocio.

A continuación las razones por las cuales se recomienda constituir una empresa o persona jurídica.

– Protección del patrimonio personal frente al patrimonio del negocio y sus riesgos. Al constituir una persona jurídica usted puede delimitar claramente cuál es el patrimonio que está sujeto a riesgo.

– Mayor credibilidad y presencia en el mercado. Las personas prefieren hacer negocios con empresas constituidas formalmente por una percepción de permanencia en el tiempo.

– Mayor acceso a productos bancarios y créditos especiales para personas jurídicas.

– Existencia de ventajas tributarias.

– Privacidad relativa que le dará mayor seguridad.

– Regulación interna del gobierno corporativo de la persona jurídica.

– Evita los riesgos que pueden sobrevenir como consecuencia de cualquier incapacidad o incluso muerte de los socios, dado que la sociedad tiene existencia más allá de la situación de los socios.

 – Mayor control sobre las decisiones que se tomen en el negocio. Al tener una sociedad constituida se evita el riesgo que alguno de los socios tome decisiones unilaterales que afecten al negocio.

– Fácil transferencia de la propiedad. Al constituir una sociedad usted puede transferir fácilmente toda la unidad del negocio con la simple transferencia de sus participaciones en la sociedad.

– Una mejor estrategia de salida del negocio. Cuando se quiera salir del negocio, el tener constituida una persona jurídica le dará mayor facilidad para liquidar la sociedad, disolverla o si prefiere, venderla.

– Podrá contratar con el Estado.

Fuente: La República

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